¿Sabía qué?
Los programas de interés social para la adquisición de una vivienda digna para su familia son subsidios incentivados por el Gobierno Nacional que busca beneficiar a los hogares colombianos que tengan ingresos menores a 4 SMMLV ($4.640.000) para obtener su vivienda propia; entre los subsidios que se encuentran son: Mi casa ya, complementario y los de las Cajas de Compensaciones.
Mi Casa Ya
Es un programa, a través del cual el Gobierno Nacional entrega subsidios para comprar vivienda nueva a los hogares colombianos
¿Cuáles son los requisitos?
El programa está dirigido a colombianas y colombianos interesados en adquirir vivienda nueva, que no han sido beneficiarios de otro subsidio de vivienda y que no son propietarios en el territorio nacional. Además, el hogar interesado debe haber realizado la encuesta Sisbén IV y tener una clasificación igual o inferior a D11 para hogares URBANOS.
Con esta clasificación cumplen el primero de 6 requisitos que serán utilizados para la priorización y asignación del subsidio por parte del gobierno a través de Fonvivienda. (ver cuadro anexo)
El hogar interesado en acceder a Mi Casa Ya debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de interés social de su preferencia, en el proyecto que le llame la atención y que logre clasificarse en estos puntajes para la asignación. Una vez tome la decisión debe acercarse a la entidad financiera de su elección o a la caja de compensación familiar que prefiera para tramitar el crédito hipotecario o el leasing habitacional cobijado con la medida.
¿Cuáles son los beneficios?
Mi Casa Ya otorga un subsidio a la cuota inicial por un monto que dependerá del grupo de Sisbén en el que el hogar interesado está clasificado.
En áreas urbanas, los hogares en Sisbén clasificados entre los grupos A1 y C7 reciben un subsidio de 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) es decir 34.800.000 pesos para el pago de su cuota inicial. Por su parte, los hogares con una clasificación de Sisbén entre C8 y D11 tendrán un subsidio correspondiente a 20 SMMLV es decir 23.200.000 pesos.
Adicionalmente, Mi Casa Ya beneficia a los hogares con una cobertura a la tasa de interés del crédito hipotecario o leasing habitacional, que se otorga durante los primeros siete años del crédito hipotecario o leasing habitacional, con el fin de reducir las cuotas mensuales a pagar, y su monto depende del tipo de vivienda adquirida. Así, cuando los hogares adquieren una vivienda de interés social (VIS), con un precio mayor a 90 SMMLV, la cobertura representa una reducción de 4 p. p. sobre la tasa de interés pactada con la entidad financiera.
¿Qué pasa con los hogares previamente interesados?
Para fines operativos, todos los hogares que actualmente se encuentran en estado ‘Habilitado” se denominarán “Interesado”. Esta condición tendrá vigencia hasta el 30 marzo de 2024. Transcurrido este tiempo, el registro se anulará, y, si el hogar desea postularse otra vez, tendrá que realizar un nuevo registro. Solo se permitirá un registro activo por hogar.
Las asignaciones se realizarán a hogares en estado “Interesado” que cumplan con los requisitos del programa. A partir del 1° de abril, se aceptarán nuevas postulaciones de manera permanente.
Para que el hogar sea incluido en el estado «Interesado», debe cumplir con el requisito de Sisbén. Por lo anterior, si no cuenta con clasificación en el Sisbén, debe adelantar las gestiones para ello. Transcurrido un año, si el hogar no continúa el proceso, su registro se anulará y tendrá que postularse de nuevo.
La postulación al programa debe realizarse en una plataforma dispuesta por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Rangos de precios de las viviendas para aplicar al subsidio Mi Casa Ya o Caja de compensación
Usted podrá comprar la vivienda nueva urbana que desee, cuyo valor no exceda los 135 SMMLV ($156.600.000) y para las viviendas ubicadas en los municipios y distritos definidos en el artículo 2.1.9.1 del Decreto 1077 de 2015, hasta 150 salarios mínimos ($174.000.000).
Caja de Compensación
Si quiere aplicar a este subsidio usted deberá estar afiliado a su Caja de Compensación como empleado aportante, pensionado aportante del 2% sobre su mesada pensional o si es trabajador independiente aportante del 2% sobre sus ingresos, tenga presente que debe coincidir con lo aportado a seguridad social.
Si usted cumple con los siguientes requisitos puede realizar el proceso para adquirir su subsidio de vivienda, de igual manera, valide en la página de web de su Caja de Compensación los cambios de última hora que lleguen a presentar para llevar a cabo el proceso de adquirir vivienda propia:
- Tener ingresos totales menores a 4 SMMLV ($4.640.000).
- No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.
- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda, a excepción de los hogares con ingresos totales menores a 2 SMMLV ($2.320.000), podrán concurrir con el asignado por las Cajas de Compensación Familiar y el de Mi Casa Ya (esta información será reportada por las Cajas de Compensación Familiar).
- No haber sido beneficiarios de un subsidio otorgado por el Gobierno Nacional que haya sido efectivamente aplicado.
- No haber sido beneficiarios a cualquier título de las coberturas de tasa de interés.
- Contar con un crédito aprobado para la adquisición de una solución de vivienda, o contar con una carta de aprobación de un leasing habitacional emitida por un establecimiento de crédito.
*La información presentada fue tomada de la página web https://micasaya.minvivienda.gov.co/